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miércoles

Más de 3.600 menores andaluces con medidas de protección están acogidos por familias

La consejera Micaela Navarro informa en el Parlamento sobre este modelo alternativo a la institucionalización
El acogimiento familiar es la medida protectora más extendida en Andalucía, ya que el 67% de los 6.416 menores con medidas de protección (guarda o tutela) que hay en la comunidad está acogido por una familia, ha informado en el Parlamento la consejera para la Igualdad y Bienestar Social, Micaela Navarro.

Según datos de 2009, en Andalucía hay un total de 3.658 menores con medidas de protección que están acogidos en familias, de los cuales el 80% -2.944- se encuentra con su familia extensa (tíos, abuelos, hermanos...).

En la actualidad, el acogimiento familiar constituye uno de los instrumentos fundamentales de los que dispone el sistema de protección de la infancia en Andalucía para el ejercicio de la función protectora de los menores en situación de tutela o de guarda. El acogimiento familiar es una medida de protección alternativa a la institucionalización, en la que un menor pasa a formar parte durante un tiempo de una familia distinta a la suya biológica, que le proporciona los cuidados necesarios para su desarrollo psicosocial y una atención normalizada.

El acogimiento de urgencia es el programa más reciente que se ha implantado en Andalucía dentro de las modalidades de acogimiento familiar, y ha conseguido que en 2009 disminuyese un tercio el número de menores de dos años que tenían que ingresar en los centros por la aplicación de medidas de protección. El año pasado, se pasó de 321 menores de dos años internados a 224 en Andalucía.

En la comunidad autónoma andaluza hay una bolsa de 58 familias que han realizado un acogimiento de urgencia de menores. Con esas familias, en 2009 se llevaron a cabo 105 acogimientos de este tipo, un total de 286 desde que se puso en marcha el programa.

El programa de acogimiento de urgencia se realiza a través de las Instituciones Colaboradoras de Integración Familiar. Actualmente, la Junta trabaja en Andalucía con 11 entidades colaboradoras para el acogimiento de urgencia, organizaciones que cuentan con equipos de profesionales en el campo de la psicología, el trabajo social y el derecho.

Igualdad y Bienestar Social destina este año más de cuatro millones de euros a subvencionar a estas entidades para todas las modalidades de acogimiento: simple y permanente. A esta cantidad hay que añadir el presupuesto que la Junta destina a remunerar directamente a las familias de acogida, que en 2009 superó los 5,4 millones de euros.

Diferentes tipos

El acogimiento familiar es la convivencia e integración de un niño en una familia, extensa o ajena, cuando debe ser separado de sus padres o tutores, una medida que evita su estancia en centros de protección, le permite desarrollarse en una familia y mantener su vinculación con sus padres y hermanos. Por esa razón, el acogimiento familiar es incompatible con el acogimiento preadoptivo o la adopción, que conllevan la ruptura de vínculos del menor con su familia biológica.

Existen varias modalidades de acogimiento: simple y permanente. El simple se aplica cuando se prevé una reinserción a corto plazo del menor con la familia biológica, y tiene un plazo máximo de dos años. En esta modalidad se incluye el acogimiento de urgencia. La permanente se produce cuando la situación de la familia biológica aconseja una integración más duradera con otra familia, y puede llegar hasta la mayoría de edad del menor.

Las familias acogedoras del programa de urgencia tienen que estar disponibles de forma permanente. Los menores son acogidos durante un periodo máximo de nueve meses por una familia que le proporciona los cuidados necesarios para su desarrollo hasta que pueda volver con su núcleo familiar de origen o se le decrete la medida de protección más adecuada.