C/ Recogidas 24, Portal B, Escalera B, 2ºB. 18002 Granada, Tlf: 958 25 52 03, e-mail: asociacion@aldaima.org

sábado

EL GOBIERNO PLANTEA A LAS AUTONOMIAS LA ACOGIDA DE MENORES EXTRANJEROS

La medida del Ejecutivo pretende desahogar las instalaciones canarias que se encuentran desbordadas
El Gobierno está negociando acuerdos con las comunidades autónomas para promover la acogida en la península de los menores inmigrantes no acompañados que pueblan los centros de acogida de la comunidad canaria, después de que el Ejecutivo insular denunciara públicamente que la capacidad de sus instalaciones está desbordada.Según explicó la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la cuestión de los jóvenes inmigrantes de Canarias se abordó en la Comisión Delegada de Inmigración, aunque sin que se determinara un plan específico de actuación. Asimismo, recordó que la mayor parte de estos menores se encuentran en centros de Canarias, Cataluña y Andalucía.No obstante, la vicepresidenta primera del Gobierno explicó que el Ejecutivo «viene trabajando desde hace cuatro años» sobre este asunto, porque ya en la pasada legislatura se acordó «con el Gobierno de Canarias y algunas otras comunidades autónomas el tratar de buscar acuerdos para atender a un sector especialmente vulnerable y que requiere una atención especial».«Las competencias en el tema de menores son de las comunidades autónomas, pero es verdad que somos conscientes del número de chicos que han llegado a nuestro país y que hay que atender», afirmó Fernández de la Vega en su comparecencia ante los medios.Según explicó, por este motivo el Ejecutivo trabaja en dos direcciones distintas. Por un lado, mediante acordar convenios con los distintos países de origen, fundamentalmente con Marruecos y Senegal, «para identificar a los menores, buscar a sus familias y poder llevarlos a sus países con todas las garantías (...) para que puedan desarrollar allí su formación».«La segunda vía es el acogimiento en España», prosiguió de la Vega, para afirmar que si bien en la actualidad el mayor número se encuentra en Canarias, Andalucía y Cataluña, el Gobierno español «va a buscar elementos y acuerdos que permitan acoger los menores y establecer ese principio de solidaridad para dar un trato adecuado a los menores».

http://www.ideal.es/granada/20081004/espana/gobierno-plantea-autonomias-acogida-20081004.html

MAS DE UN MILLAR DE NIÑOS ANDALUCES NECESITAN UNA FAMILIA DE ACOGIDA


El 72% de los menores tutelados por la Junta han sufrido una experiencia de maltrato · Los adolescentes y los discapacitados tienen mayor dificultad para encontrar un entorno familiar
Alrededor de 5.000 andaluces menores de edad tuvieron que salir de un hogar desestructurado, y actualmente han retomado una vida normalizada en el seno de una familia que les ha aportado un lugar seguro donde crecer. Pero más de 1.100 niños y adolescentes, 346 de ellos menores de seis años, esperan mientras tanto en los centros residenciales correr la misma suerte y reintegrarse en una familia. El tiempo medio de estancia de los menores en desamparo en estos centros de protección antes de encontrar un hogar de acogida va de seis meses a año y medio.El objetivo de la Dirección General de Infancia, dependiente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, es que los niños de entre cero y dos años que han tenido que ser separados de su familia biológica pasen directamente a una familia, unos padres temporales, para que no tengan así que vivir su infancia en un centro de menores. Carmen Belinchón, la directora General de Infancia y Familia, considera viable esta meta. Apela a un espíritu, "el de puertas abiertas que tienen muchas familias andaluzas", y recuerda un dato: en 1996 eran 10.000 los niños que vivían en residencias, hoy son 3.100, pero en esta última cifra se incluyen también los menores inmigrantes que han llegado solos a la comunidad.Lo cierto es que a finales de 2007 eran casi 200 los menores de tres años tutelados por la Junta y que crecen fuera de un entorno familiar. Hacia estos casos se dirigen, fundamentalmente, las llamadas familias de urgencia, unos 20 hogares distribuidos en las ocho provincias que se han comprometido a tener una disponibilidad de 24 horas y a tener todo listo para acoger durante un máximo de un año en su casa a un niño menor de seis años que ha perdido su familia biológica. Ésta es una de las modalidades que existen para la acogida, destinada a todo tipo de familias (desde las tradicionales a las monoparentales y las homoparentales). Otra fórmula es la acogida simple, la estancia es relativamente corta, o la permanente, el niño continúa con sus padres de acogida hasta que la Junta estima recuperada a su familia biológica, lo que llega a ocurrir en el 15% de los casos.Las estadísticas dicen que un tercio de los menores considerados en desamparo tienen menos de cinco años, el 72% de ellos ha sufrido un maltrato, en la mayoría de los casos psicológicos, y el 63% ya tenía un hermano en acogimiento familiar. Pero las cifras también pueden ocultar una realidad, el problema que encuentran los adolescentes, los grupos de hermanos o los niños con discapacidad para conseguir un hogar de acogedores. "Cuando un menor no pasa a una familia de acogida es porque verdaderamente no la tenemos para ellos", reconoce la directora general de Infancia.Para Belinchón, "lo más importante de un hogar acogedor no son sus recursos económicos, lo más importante es su voluntad, su solidaridad y la capacidad para acompañar a unos niños en su crecimiento durante un tiempo determinado". Sobre lo que requiere el menor de estos padres temporales: "cariño y estabilidad", y la recompensa es mutua: "no es sólo lo que los acogedores pueden aportar al menor, es también lo que el niño puede darles a estas familias".El perfil de los acogedores suele ser el de una pareja casada, de unos 45 años, en muchos casos con hijos biológicos. Pero también son muchos los casos de abuelas o tíos que se hacen cargo de un familiar. Es la llamada acogida en familia extensa, que evita que el niño crezca alejado de sus parientes y que representa un 85% de los casos.

http://www.granadahoy.com/article/andalucia/137350/mas/millar/ninos/andaluces/necesitan/una/familia/acogida.html

jueves

LOS MENORES ACOGIDOS EN GRANADA SE MULTIPLICARON POR DIEZ EN OCHO AÑOS

La Junta tutela actualmente a unos 400 en distintos centros institucionales.
El número de menores acogidos por familias de la provincia de Granada se ha multiplicado por diez en los últimos ocho años, al pasar de seis en 2000 a los 62 actuales, aunque aún permanecen bajo el sistema de protección de la Junta de Andalucía unos 400 chicos residiendo en centros institucionales. Esos 62 menores acogidos en lo que va de año -casi los mismos que en todo 2007, que se cerró con 65- lo están en familia ajena, y a ellos se suman otros 160 en familia extensa (tíos o abuelos). Estos datos han sido dados hoy a conocer por la delegada para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, Elvira Ramón, durante un acto de reconocimiento a una treintena de familias de la provincia que participan en los distintos programas de acogimiento. Aunque la acogida de menores por parte de familias granadinas ha experimentado un notable crecimiento en los últimos años -en 2007 hubo 31 familias acogedoras (un 60% más que en 2006) de las 120 que lo pidieron inicialmente-, en la actualidad son aún 400 los menores de distintas nacionalidades que residen en centros incluidos en el sistema de protección de la Junta, según la delegada. Para captar a más familias de acogida, la Junta promoverá una nueva campaña dirigida a fomentar los acogimientos de urgencia, que son los que suelen llevarse a cabo con bebés y tienen una duración de dos o tres meses, circunstancia que los hace especialmente "difíciles y complicados". A las parejas que aceptan este tipo de acogimiento se les exige, además de unas condiciones socioeconómicas estables, que uno de los miembros tenga "plena disponibilidad" para atender al menor. Quienes optan por el acogimiento de urgencia suelen ser familias de cierta edad con tiempo y disponibilidad, desde el punto de vista laboral, para hacerse cargo del menor. Junto al de urgencia hay otros dos tipos de acogimiento: el simple, cuya duración es de unos seis meses, y el permanente, que es por el que se inclinan mayoritariamente las familias. Durante los seis meses que dura el acogimiento simple, los trabajadores sociales estudian la posibilidad del reagrupamiento familiar del menor en el seno de su familia biológica. Si esa opción no es factible, se buscan otras alternativas en el ámbito familiar como el acogimiento permanente o la adopción. La delegada ha hecho estas declaraciones durante un encuentro con unas 30 familias acogedoras de la provincia de Granada en reconocimiento a su labor, "con la que no persiguen nada a cambio" y de la que consiguen la "reconfortante sensación de desarrollar a un menor en el ámbito familiar como si fuera un hijo más".

http://www.granadahoy.com/article/granada/129650/los/menores/acogida/granada/se/multiplicaron/por/diez/ocho/anos.html

sábado

CIEN NIÑOS ESPERAN UNA FAMILIA DE ACOGIDA PARA EVITAR SU DESAMPARO


Cincuenta de ellos están en el programa de acogimiento de urgencia, por el que la Junta busca a padres 'temporales' para evitar su internamiento en centros · Igualdad trabaja con campañas de sensibilización.
Se buscan padres. Cien menores esperan una familia de acogida que les ayude a salir de su situación de riesgo o desamparo familiar. De ellos, cincuenta se encuentran dentro del llamado programa de acogimiento familiar con carácter de urgencia, una medida de nueva creación, que busca evitar de manera inmediata que los pequeños tengan que acudir a centros de acogida y, de cierta manera, se institucionalice su situación.La llamada de alerta sobre el día a día que se vive dentro del Servicio de Protección al Menor de la Junta la dieron los propios trabajadores el lunes. La falta de personal y medios que reclamaron fue reconocida por la propia delegada del área que acudirá a Sevilla en breve para intentar solventar estos problemas. En esta convocatoria, los técnicos denunciaron la falta de personal para atender los expedientes de los niños en riesgo, que en ocasiones, hacía que se ralentizaran los procesos en el tiempo pero también se alza la voz para reclamar la sensibilización ciudadana a fin de alentar a las familias que acogen a estos menores. Una tarea a la que se sumó la Junta hace unos meses con campañas como la de Mírame. Los técnicos hacen hincapié en la necesidad de padres que quieran acoger a menores por un tiempo determinado, ya que el acogimiento de carácter de urgencia se caracteriza, por un lado, por tener al niño durante 6 meses ya que es el espacio temporal en que el equipo especialista realiza el estudio de la situación del menor y, por otro, que se garantiza una remuneración económica a las familias que quieran participar en esta modalidad.Fuentes de la delegación confirman que hay casos en los que estas primeras familias luego luchan por conseguir la tutela del menor de forma permanente, pero que, en cualquier caso, su acogida inmediata es la fundamental para el desarrollo del menor.Esta modalidad evita que los niños entren, en muchos casos, en contacto con los centros tutelares. "Todas las parejas quieren pequeños de 0 a 3 años y todos los procesos se complican cuando el niño cumple los 5 o tiene hermanos y se busca una acogida doble. Hay quienes pasan toda su infancia y adolescencia en centros porque no encuentran las familias idóneas que los acojan y esto es lo que queremos evitar con estas campañas", concluyen.

http://www.granadahoy.com/article/granada/119011/cien/ninos/esperan/una/familia/acogida/para/evitar/su/desamparo.html

martes

PROGRAMA DE ACOGIMIENTO EN FAMILIAS DE URGENCIA




En abril de 2008, ALDAIMA firma un convenio con la Dirección General de Infancia y Familias de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, para poner en marcha un programa de ACOGIMIENTO FAMILIAR SIMPLE CON CARÁCTER DE URGENCIA.Este programa va dirigido a menores sobre los que hay que intervenir de forma inmediata y urgente para evitar su institucionalización en un centro de acogida y ofrecerles la posibilidad de estar arropados por un ambiente familiar (aunque el tiempo sea corto). Mientras tanto se valorará la situación detectada en la familia biológica de los menores, para determinar si ésta reúne las condiciones necesarias para que los niños/as retornen con ellos o se adopte por parte de la administración otra medida estable.Por lo general la situación familiar del menor pasa por alguna dificultad de carácter sanitario, crisis económica, crisis de pareja, problemáticas sociales: familia desestructurada acompañada con situaciones de riesgo que puede ser consecuencia de las adicciones de los progenitores, puede ser también que la vivienda no tenga condiciones saludables, etc.Una de las características que distingue el acogimiento con carácter de urgencia de otras modalidades es su DURACIÓN, alrededor de seis meses, el tiempo necesario para que el equipo pertinente realice el estudio sobre la situación del menor y para proponer la medida más adecuada para éste; y otra característica de este acogimiento es que se garantiza REMUNERACION ECONOMICA a las familias que quieran participar en esta modalidad.

domingo

SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA

1) Cumplimentar la solicitud de acogimiento familiar (BOJA núm.135, de 19/11/2002), aportar dos fotografías de cada solicitante y hacer dos fotocopias de los siguientes documentos:
- Certificado de nacimiento de cada solicitante.
- D.N.I. de cada solicitante (o Pasaporte en caso de extranjeros)
- Libro de Familia o certificado acreditativo del periodo de convivencia (parejas de hecho).
- Última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto Sobre el Patrimonio de los solicitantes.(En el caso de no tener obligación de declarar, se presentará Certificado de ingresos anuales brutos y relación documentada de bienes patrimoniales o declaración jurada de los mismos).
- Certificado médico de cada solicitante (certificado oficial o P-10 del médico de cabecera, en el que se acredite que no se padecen enfermedades infecto-contagiosas ni de otro tipo, que puedan perjudicar al menor).
- Certificado empadronamiento de cada solicitante.- Certificado de actividad laboral o profesional de cada solicitante.
- Certificado de antecedentes penales de cada solicitante **Para solicitar el Certificado de Antecedentes Penales: comprar los impresos en un estanco.Se presenta en la siguiente dirección: GERENCIA TERRITORIAL DEL MINISTERIODE JUSTICIA. c/ Gran Via, 14 – 3º (GRANADA).
2) Entregar los siguientes documentos en el Registro de la Delegación Provincial para la Igualdad y el Bienestar Social.
a) Original y una fotocopia de la solicitud de acogimiento familiar. Les sellarán la fotocopia y se la devolverán.
b) Una fotografía de cada solicitante.
c) Fotocopias acompañadas del original para compulsar:
- D.N.I. de cada solicitante (o Pasaporte en el caso de extranjeros).
- Todas las páginas del Libro de Familia o certificado acreditativo del periodo de convivencia, en el supuesto de parejas de hecho.
- Última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto Sobre el Patrimonio de los solicitantes.En caso de no tener obligación de declarar, se presentará un Certificado de ingresos anuales brutos y relación documentada de bienes patrimoniales o declaración jurada de los mismos.
d) Originales:
- Certificado de nacimiento de cada solicitante.
- Certificado Médico de cada solicitante (certificado oficial o P-10 del médico de cabecera, en el que se acredite que no se padecen enfermedades infecto-contagiosas ni de otro tipo, que puedan perjudicar a un/a menor).
- Certificado Municipal de empadronamiento.
- Certificado de Antecedentes Penales de cada solicitante.
- Certificado de actividad laboral o profesional de cada solicitante.
3) Entregar en la sede de Aldaima los siguientes documentos:
- Fotocopia de la solicitud de acogimiento (una vez sellada en el Registro de la Delegación Provincial)
- Fotocopia de todos los documentos presentados en el Registro.- Una fotografía de cada solicitante.

martes

LA FIGURA DEL ACOGIMIENTO FAMILIAR EN ANDALUCÍA

El Acogimiento Familiar es la convivencia e integración en una familia acogedora de un niño ó niña que debe ser separado/a temporalmente de su familia, evitando su estancia en una institución.La figura del Acogimiento Familiar en Andalucía ha sido desarrollada jurídicamente a través del Decreto 282/2002 de 12 de Noviembre de Acogimiento Familiar y Adopción que viene a consagrar la primacía de la medida de acogimiento frente a las otras previstas en la ley, basada en que en el supuesto que fuere necesario que, en aplicación de las figuras de guarda o tutela, un niño o una niña tengan que verse temporal o definitivamente privados de la convivencia normalizada con sus padres o tutores, en principio, la alternativa más adecuada pasa por la integración familiar, dándole al menor la posibilidad de desarrollarse en una familia, ya sea dentro de la propia extensa o en otra familia, a la vez que mantiene la vinculación con su núcleo familiar más cercano (padres y hermanos, en su caso).La duración y características de cada Acogimiento podrán variar en función de las necesidades y circunstancias de cada niño.Existen, por tanto, diferentes modalidades de acogimiento. Hay acogimientos llamados simples y acogimientos permanentes. Tanto uno como otro se puede constituir en familia extensa o en familia ajena. La familia extensa tiene preferencia sobre la familia ajena, siempre que cumpla los requisitos establecidos para ello y que no vaya en perjuicio del menor.

LEGISLACIÓN
*DECRETO 454/1996, de 1 de octubre, sobre habilitación de Instituciones Colaboradoras de Integración Familiar y acreditación de Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional. (BOJA nº120 de 19 de Octubre de 1996)
*Convención de los Derechos de los Niños y Convenio de La Haya (BOE Nº 313 de 31 de Diciembre de 1990)
*Ley 21/1987, de 11 de noviembre," por primera vez se reconoce el acogimiento familiar como figura legal" (BOE nº275/1987)
*Ley Orgánica 1/96 de Protección Jurídica del Menor (BOE Nº 15 de 17 de Enero de 1996)
*Ley 1/98 de los Derechos y Atención al Menor (BOJA Nº 53, 12 Mayo 1998)
*Decreto de Régimen de Desamparo, Tutela y Guarda Administrativa (BOJA nº20 de 16 de Frebrero de 2002)
*Decreto 282/2002 de Acogimiento Familiar y Adopción (BOJA Nº 135 de 19 de Noviembre de 2002)
*Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores(BOE Nº11, 13 de Enero de 2000)


LA I.C.I.F ALDAIMA

Aldaima es una entidad de mediación en la integración familiar y protección de menores. Desarrolla programas dirigidos a fomentar la figura del Acogimiento Familiar Simple y Permanente en la provincia de Granada.Para el desarrollo de su actividad Aldaima cuenta con un Equipo Multidisciplinar compuesto por Psicólogos, Trabajadores Sociales, Educadora de Familia y Abogada, todos ellos con más de tres años de experiencia en el ámbito de infancia y familia.Nuestro objetivo, basándonos en el espíritu de la Ley de Atención al Menor, es el de intentar facilitar la mejor alternativa a aquellos niños y niñas para los que se ha determinado una medida de separación del entorno familiar.Es por ello que queremos sensibilizar a la población, atendiendo a una acepción del Acogimiento como acto de solidaridad en favor de los niños y niñas, pero también, en la medida de lo posible, de sus familias.



¿QUE OFRECE ALDAIMA?

INFORMACIÓN, ASESORAMIENTO, PREPARACIÓN, FORMACIÓN y APOYO a cualquier familia o persona mayor de edad que desee acoger a un/a menor, o ya lo esté haciendo.

INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO: El acogimiento familiar es un recurso complejo del sistema de protección, que no sólo implica a los acogedores y al niño/a, también a la familia biológica, a los servicios de protección y, con frecuencia, al sistema judicial. Por ello, nuestra entidad proporciona a las familias o personas solicitantes toda la información y asesoramiento necesarios para afrontar esta tarea.

PREPARACIÓN: Las familias, antes de hacerse responsables de un/a menor necesitan una preparación específica, aún cuando ya tengan hijos biológicos o adoptivos. Y esto es así, porque el ser acogedor difiere en algunos aspectos del hecho de ser padre: los niños se incorporan a la familia en diferentes etapas de desarrollo, pueden presentar problemas y reacciones muy específicas, la permanencia del niño/a en la familia puede ser temporal y los acogedores deben prepararle para irse, el/la menor puede mantener el contacto con su familia mientras dura el acogimiento, los acogedores tienen que compartir información con otros profesionales y seguir sus orientaciones, etc. Todo esto comporta actitudes, habilidades y conocimientos nuevos.

APOYO: Durante todo el tiempo que dura el acogimiento, el equipo de la entidad proporciona asesoramiento psicológico, apoyo en la localización y gestión de los recursos sociales, sanitarios y/o educativos necesarios, etc.

lunes

LA JUNTA TIENE A SU CARGO A 643 MENORES, LA MITAD DE ELLOS EN CENTRO DE PROTECCIÓN

El resto de los chicos viven con familias de acogida
Un total de 643 menores están acogidos en la provincia de Granada a las distintas medidas incluidas en el sistema de protección de la Junta, la mitad de los cuales se encuentra en situación de desamparo y acogimiento residencial.En concreto, 328 de ellos, el 51 por ciento del total, permanecen en acogimiento residencial -ingresados en centros de protección-, según los datos facilitados a Efe por la Delegación de Igualdad y Bienestar Social de la Junta.El resto, 296 menores, están en situación de desamparo y acogimiento familiar, ya sea en familia extensa (167) o ajena (129). La extensa es la de familiares unidos al menor hasta un tercer grado de consanguinidad, y la ajena aquella cuyos miembros no tienen ningún vínculo biológico con el menor al que acogen.El acogimiento en familia ajena puede ser permanente, situación en la que se encuentran 66 menores, simple (8) o preadoptiva (55).El acogimiento permanente en familia ajena consiste en delegar a una familia, en lugar de a un centro, la guarda de un menor que probablemente no retornará con sus familiares biológicos, aunque normalmente mantiene un régimen de relaciones con ellos.En el acogimiento simple, el menor es acogido temporalmente por una familia mientras se trabaja con la posibilidad de que retorne con sus parientes biológicos o se decrete para él una medida más estable, mientras que en el preadoptivo el niño pasa a convivir con la familia que casi con toda probabilidad le adoptará, una vez descartado que vuelva con la suya de origen.Los 19 menores restantes, hasta completar los 643 acogidos en la actualidad al sistema de protección de la Junta en la provincia, se encuentran en situación de guarda, según los datos de la Delegación.En lo que va de año, la Junta ha dictado en la provincia de Granada 225 resoluciones de desamparo, una más que en el mismo periodo del año pasado. De ellas, el 45 por ciento se correspondieron con menores extranjeros no acompañados.

http://www.ideal.es/granada/20071203/granada/junta-tiene-cargo-menores-20071203.html

ENCUENTROS PROGRAMA AJENA