FAMILIAS ALMERIENSES PARTCIPAN EN EL PROGRAMA DE ACOGIMIENTO DE MENORES TUTELADOS POR LA JUNTA
(EFE, Junio 2011)
La directora general de Infancia les ha informado de las líneas de trabajo y de los proyectos que impulsa la Consejería para la Igualdad en este ámbito Setenta y siete familias de la provincia de Almería forman parte en la actualidad del programa de la Junta de acogimiento de menores con medidas de protección (guarda o tutela). La directora general de Infancia y Familias de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, María Teresa Vega, ha mantenido un encuentro con estas familias de acogida que acogen a un total de 97 menores, 52 de ellos están acogidos por su familia extensa y 25 por familias ajenas de los que 6 son acogimientos de urgencia.
Durante la reunión, la directora expuso a las familias acogedoras las líneas generales de trabajo y los proyectos que la Junta está elaborando en el ámbito del acogimiento familiar. La directora adelantó la próxima aparición de una campaña en televisión para la captación de familias acogedoras y destacó el esfuerzo económico que realiza la Consejería para remunerar los acogimientos.
El programa de acogimiento familiar, que desarrolla la Junta en la provincia con la colaboración de Cruz Roja-Almería, constituye uno de los instrumentos fundamentales del sistema de protección de la infancia en Andalucía para ejercer la función protectora de los menores en situación de tutela o de guarda. El acogimiento familiar es una medida de protección alternativa a la institucionalización, en la que un menor pasa a formar parte durante un tiempo de una familia de acogida, distinta a la suya biológica, que le proporciona los cuidados necesarios para su desarrollo psicosocial y una atención normalizada.
El acogimiento familiar supone la convivencia e integración de un niño en una familia, extensa o ajena, cuando deben ser separados de sus padres o tutores, una medida que evita su estancia en centros de protección, les permite desarrollarse en una familia de acogida y mantener su vinculación con sus padres y hermanos. Por esa razón, el acogimiento familiar es incompatible con el acogimiento preadoptivo o la adopción, que conllevan la ruptura de vínculos del menor con su familia biológica.
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