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martes

Información sobre el programa de Acogimiento familiar en Andalucía

PROGRAMA DE ACOGIMIENTO FAMILIAR

El Acogimiento Familiar es la convivencia e integración en una familia acogedora de un niño ó niña que debe ser separado/a temporalmente de su familia, evitando su estancia en una institución.

La figura del Acogimiento Familiar en Andalucía ha sido desarrollada jurídicamente a través del Decreto 282/2002 de 12 de Noviembre de Acogimiento Familiar y Adopción que viene a consagrar la primacía de la medida de acogimiento frente a las otras previstas en la ley, basada en que en el supuesto que fuere necesario que, en aplicación de las figuras de guarda ó tutela, un niño ó una niña tengan que verse temporal ó definitivamente privados de la convivencia normalizada con sus padres ó tutores, en principio, la alternativa más adecuada pasa por la integración familiar, dándole al menor la posibilidad de desarrollars en una familia, ya sea dentro de la propia extensa ó en otra familia, a la vez que mantener la vinculación con su núcleo familiar más cercano (padres y hermanos, en su caso). La duración y características de cada Acogimiento podrán variar en función de las necesidades y circunstancias de cada niño. Existen, por tanto, diferentes modalidades de acogimiento.

Hay acogimientos llamados simples y acogimientos permanentes . Tanto uno como otro se puede constituir en familia extensa ó en familia ajena. La familia extensa tiene preferencia sobre la ajena, siempre que cumpla los requisitos establecidos para ello y que no vaya en perjuicio del menor.

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